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Unidad familiar. ¿Quién forma parte?

Posiblemente en alguna ocasión hayas tenido que calcular los ingresos de la unidad familiar, para solicitar una beca, una subvención….

Lo que sí es seguro es que cada año, al presentar la Declaración de la Renta has tenido que tener en cuenta a los miembros que componen la unidad familiar. O tu asesor, en caso de que contrates el servicio.

 

Pero, ¿Quién forma parte de la unidad familiar?

Esta es una duda muy habitual, puesto que en una misma casa, a veces conviven personas que no tienen ningún parentesco, o que éste no es de primer grado. Como puede ser el abuelo, un sobrino, o incluso el hijo de unos amigos al que alojas mientras realiza sus estudios en tu ciudad.

Cuantas más personas, más gastos, y también pueden ser más ingresos (la pensión del abuelo, por ejemplo). Y la duda que tienes es si todas estas personas cuentan a la hora de sumar ingresos para obtener la renta de la unidad familiar, (y en caso del IRPF poder hacer declaración conjunta) y por supuesto, gastos.

Porque, pongamos un ejemplo: En una casa conviven 5 personas; el padre, la madre, el hijo, el abuelo y el sobrino que está estudiando en la Universidad. No es lo mismo dividir la renta entre los 5, que entre los 3 que forman la unidad familiar (los padres y el hijo).

 

Hacienda es quien lo marca, porque es a efectos de IRPF como se define la unidad familiar. Y dice claramente que existen dos modalidades:

  • Si hay matrimonio, está formada por:

Los cónyuges (no separados legalmente)
+ Los hijos menores de 18 años (si no están independizados con el consentimiento de los padres)
+ Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad

  • Si no hay matrimonio, o hay separación legal, está formada por:

El padre o la madre
+ Los hijos que convivan con él o ella menores de 18 años (si no están independizados con el consentimiento de los padres)
+ Los hijos que convivan con él o ella mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad.

 

A tener en cuenta:

Cualquier otra agrupación familiar distinta de las anteriores no constituye unidad familiar a efectos del IRPF.

Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.

 

¿Qué ocurre si mi hijo cumple 18 años en agosto?

Si un hijo cumpliera 18 años durante el año, ya no formará parte de la unidad familiar en ese período impositivo, porque la determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año.

 

¿Qué ocurre si fallece un miembro de la unidad familiar a mitad de año?

Exactamente lo mismo que en el caso anterior. Esta persona ya no forma parte de la unidad familiar, y en el caso de la Declaración de la Renta, deberá presentarse de forma individual.

 

¿Y qué ocurre con el resto de personas que conviven en el domicilio?

No forman parte de la unidad familiar los miembros que no sean los mencionados anteriormente, es decir, abuelos, amigos, hijos mayores de edad, sobrinos, hermanos, compañeros de piso….

 

Parejas de hecho

A día de hoy, ser pareja de hecho conlleva algunos beneficios, pero el ser unidad familiar no es uno de ellos. Por lo tanto, se considera igual que si no hay matrimonio o hay separación legal. Es decir, si la pareja tiene hijos, sólo uno de los progenitores formará unidad familiar con los descendientes que convivan con él.

 

¿Y qué tiene que ver el IRPF con lo demás?

Posiblemente pensarás que para una subvención o ayuda de cualquier tipo, no tiene nada que decir Hacienda. Pero esto no es correcto y la razón es que en la mayoría de los casos te van a solicitar como justificante de ingresos tu Declaración de la Renta, donde figuran los miembros que componen tu unidad familiar.

 

Tu familia tiene alguna particularidad que no hemos incluído en este artículo y tienes dudas? Contacta con nosotros y estaremos encantados de resolverlas. Escribe a:

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