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Salario mínimo interprofesional. Afecta a «casi» todos

Hace unos días saltó la noticia del pacto que habían firmado el Gobierno y un partido político, que incluía, dentro de los Presupuestos Generales para el 2019, una subida del SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL a 900€.

Sin entrar en la polémica que toda medida que adopta cualquier gobierno (aplaudida por sus afines, denostada por la oposición), AyJ Asesoría quiere explicarte en qué te afecta a TI, (asalariado, desempleado, autónomo…) el salario mínimo interprofesional (SMI) y una posible subida del mismo.

 

¿Qué es el SMI?

El salario mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros.

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

 

¿Cuál es el SMI actual?

Publicado en el BOE del 30 de diciembre de 2017 el Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2018 aprobado en el Consejo de Ministros del 29 de diciembre a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez.

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 24,53 euros/día o 735,9 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

 

El SMI no sólo afecta a los trabajadores

Por supuesto, en puestos de trabajo donde el salario está justo en esa línea roja que marca el SMI, es fundamental. Ninguna empresa puede retribuir a un trabajador por debajo de lo que dicta la ley.

Pero el SMI también influye en otros conceptos, como son ayudas y subvenciones. Seguramente alguna vez, si te has visto en la necesidad de solicitar alguna, habrás comprobado en los requisitos que requieren  “…no superar el 75% del SMI…” Por lo que aumentarlo supone también subir el umbral de exigencia.

Un ejemplo es el subsidio por desempleo, ya que para solicitarlo es imprescindible que el desempleado no reciba ingresos superiores a este 75%.

 

Por lo tanto

La reflexión que hace AyJ Asesoría es que el aumento del SMI favorece a las rentas bajas, a las que no perciben más ingresos por su trabajo que lo que expresamente obliga la ley a los empleadores. Y a esas familias que se ven obligadas a solicitar ayudas para su subsistencia.

Nadie está libre de reclamar en algún momento de su vida que el SMI sea digno, pues hasta la persona más exitosa, puede llegar a necesitarlo.

En todo caso, un salario debe ser digno siempre, y en AyJ Asesoría pensamos que la solidaridad se demuestra cuando no hay necesidad.