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Famosos que crean sociedades para pagar menos impuestos. ¿En qué consiste?

Seguramente en los últimos tiempos, habrás escuchado infinidad de veces eso de “Me lo recomendó mi asesor, “Hice lo que me dijo mi asesor”, “Yo no sabía nada, todo lo gestionaba mi asesor”  (o mi marido)… en boca de políticos, artistas, deportistas… y toda clase de personajes y personalidades de todos los ámbitos.

Nos referimos concretamente al hecho de declarar ingresos a través de una sociedad.

Y en cuanto salta una noticia de este tipo, surgen los comentarios de gente indignada porque ha oído que esto sirve para pagar menos impuestos.

Y en muchas ocasiones (lamentablemente la mayoría), es cierto. Pero no siempre.

¿Sabes en qué consiste exactamente este engaño a Hacienda y al resto de contribuyentes (es decir, tú y yo)? AyJ Aseoría te lo explica.

Existen dos formas de tributar:

Cuando se realiza una actividad económica, puede hacerse:

Con personalidad jurídica (Una empresa)
Con personalidad física (Un autónomo)

Cada uno de ellos declara sus ingresos a través de impuestos distintos:

La empresa a través del Impuesto de Sociedades
El autónomo a través del IRPF

Que a su vez soportan tipos impositivos diferentes:

El Impuesto de Sociedades tiene un tipo general del 25% que se reduce al 15% en caso de emprendedores.
El IRPF con tipos que van desde el 19% y que pueden llegar al 45% según la base liquidable.

Como ves, la diferencia puede ser bastante notable.

 

¿En qué consiste el fraude?

Ante todo hay que aclarar que todo el mundo puede constituir una sociedad, y por lo tanto, tributar por Sociedades según el tipo impositivo que le corresponda. Esto no es delito. Faltaría más!!!

Y en ese impuesto de Sociedades deberá declarar EXCLUSIVAMENTE los ingresos y los gastos afectos a la actividad de esa empresa.

El problema (y fraude) comienza en el momento en que en esa liquidación incluye importes que hemos ganado o gastado como persona física y que son ajenos a la actividad propia de la sociedad.

Pongamos un ejemplo: Una persona constituye una Sociedad Limitada porque tiene con otros socios una academia de idiomas. A su vez, por cuenta propia, da clases particulares en su casa. Los ingresos que obtiene como profesor autónomo, los declara en el Impuesto de Sociedades de la academia. Por lo que de esta manera paga como mínimo un 4% menos de impuestos.

Y sin ser lo mismo, es parecido a un autónomo que deduce gastos en su IRPF que nada tienen que ver con su actividad.

En el ejemplo hemos hablado de un 4%, pero la diferencia puede ser mucho mayor, y si se trata de personas con grandes ingresos, la cantidad de dinero que deja de pagar a Hacienda, puede llegar a asustar a cualquier simple mortal contribuyente de a pie.

Por cierto, para que el fraude fiscal se considere delito, la cantidad defraudada debe exceder de 120.000€. Se castiga con una pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la suma indicada.

 

Pero no siempre es fraude tributar como sociedad….

Existe en España un tipo de sociedad a través del cual tributan muchos profesionales como economistas, abogados…, que se denomina Sociedad Limitada Unipersonal.

La forma un solo socio y es totalmente legal. Es una manera de que el socio limite responsabilidades y se beneficie fiscalmente.

 

Sociedad patrimonial y sociedad instrumental

XXX tenía una sociedad instrumental……”, “La sociedad patrimonial de XXX que constituyó para……”, “XXX tenía una sociedad sin empleados que ….”, son titulares que también indignan a muchas personas sin, (seamos sinceros) saber muy bien qué significan estos términos.

Pero hay que ser riguroso, pues la Sociedad Patrimonial es una forma jurídica legal y sólo existirá fraude cuando se utilice como pantalla para eludir impuestos.

La Sociedad Patrimonial se constituye con el fin de gestionar un patrimonio en exclusiva o casi. Normalmente son bienes inmobiliarios de alto valor (Edificios, terrenos). Por lo tanto no tiene ni actividad económica ni empleados.

Así que a partir de ahora, cuando leas en una noticia que XXX debe ir al paredón y sólo dan estos datos (que tiene una sociedad sin actividad y sin empleados), ya puedes exigir más rigurosidad al informador. Desde ahora sabes que esto es perfectamente legal y que deben cumplirse otras características para que no lo sea.

La Sociedad Instrumental (O Sociedad Pantalla) se denomina así a la que se constituye con el único objetivo de imputar a la sociedad los ingresos obtenidos como persona física (que hablábamos antes) y de esta manera conseguir un ahorro financiero y fiscal. Cualquier sociedad es instrumental si se constituye con esta finalidad.

En las noticias suelen aparecer relacionadas las dos (Instrumental y Patrimonial) puesto que Hacienda presta especial atención cuando no existe actividad ni empleados, ni medios personales o materiales para prestar servicios. (En principio es algo sospechoso, la verdad) Pero recordamos, la SP tiene estas características y es legal. Absolutamente.

 

Mi asesor fiscal tiene la culpa de todo

AyJ, como asesoría de empresas, profesionales y particulares no comparte esta afirmación recurrente de muchos famosos (y no tan famosos) pillados por el Fisco.

Un asesor SIEMPRE te va a informar de las formas legales existentes para pagar menos impuestos, porque las hay. Pero LEGALES.

Y en todo caso, compartirá con el cliente todas las acciones que lleve a cabo con respecto de su empresa para lo que esté autorizado.

Para eso estamos!