Calle Osa Menor 18, Local 2, 50012 Zaragoza
659 272 271
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Condiciones de participación Plan Amigo AyJ

  • En qué consiste el Plan Amigo AyJ?

(Desde ahora lo llamaremos PAAyJ)

Si un amigo tuyo contrata con AyJ Asesoría un plan de empresa de autónomos o sociedades de al menos un año de duración, recibirás a cambio una remuneración en la forma que explicamos más adelante.

  • ¿Qué tienes que hacer tú cómo “invitante”?

Recomendar a tus amigos las ventajas de ser cliente de AyJ y conseguir que el “invitado” contrate el servicio.

  • ¿Qué tiene que hacer tu amigo como “invitado”’?
    1. Comunicarnos su deseo de contratar con AyJ Asesoría uno de nuestros planes a través del email ayjasesoria@ayjasesoria.com o por WhatsApp al  659 272 271
    2. Indicar que va de tu parte, facilitando tu nombre y DNI
    3. Finalmente firmar el contrato de prestación de servicios con AyJ Asesoría
  • Remuneración:

Si como invitante, recomiendas un cliente invitado y éste formaliza un contrato de forma exitosa en las condiciones descritas abajo, recibirás como remuneración una de estas opciones:

  • El servicio gratuito de elaboración y presentación del Impuesto de las Personas Físicas del ejercicio que corresponda, o en su defecto,
  • Una gestión o trámite de gestoría valorado en 50€ (según tarifas vigentes de AyJ. Iva incluido), o en su defecto,
  • 50€ en metálico o transferidos a cuenta, o,
  • Si ya eres cliente recurrente de AyJ, la exoneración en el pago de una mensualidad de tu contrato
  • Condiciones legales de participación de la promoción PAAyJ:

La organizadora de la presente promoción es AyJ Asesoría SLU, B16885832, con domicilio en C/Osa Menor 18, local2, 50012 Zaragoza.

El ámbito de la promoción es a nivel nacional, y discurre con las siguientes condiciones:

  1. El invitante será una persona física que haya cumplido 18 años o un empresario individual o entidad jurídica con domicilio válido en España.
  2. El invitado no habrá tenido previa relación comercial y/o contractual con AyJ.
  3. Siempre que el invitante envíe un correo electrónico de recomendación, dicho coreo electrónico sólo será enviado a destinatarios que él conozca personalmente y respetando en todo caso las disposiciones legales pertinente, entre otras, la Ley 34/2002 de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
  4. El invitante no estará autorizado a actuar en nombre de AyJ Asesoría. En ningún caso podrá aceptar ofertas, realizar declaraciones o aceptar explicaciones en nombre de AyJ.
  5. AyJ Asesoría desaprueba cualquier forma de influencia desleal.
  6. Excepto en el caso de banners y correos electrónicos o enlaces de recomendación, el invitante sólo estará autorizado a emplear marcas, nombres comerciales, logotipos y nombres de servicios AyJ si existe el consentimiento escrito de AyJ. Esto es especialmente válido con respecto al uso de marcas, nombres comerciales, logotipos y denominaciones de servicios AyJ en el marco de la publicidad en línea y, especialmente, en el uso de palabras clave en el ámbito de anuncios y publicidad en buscadores
  7. La promoción PAAyJ tendrá una duración determinada, desde el 01/03/2023 hasta el 31/12/2023 inclusive. Una vez finalizada dicha duración, AyJ Asesoría podrá iniciar una nueva promoción, que se regirá por nuevas condiciones. En ese caso, el cómputo de servicios contratados gracias al invitante, se iniciará nuevamente, no teniéndose en cuenta las altas de invitados efectuadas en anteriores promociones.
  8. La participación en la promoción implica la aceptación de todos y cada uno de los términos y condiciones en el presente documento, así como las Condiciones Generales y Particulares de Contratación de cualquiera de los planes ofrecidos por AyJ, tanto por parte del invitante como del invitado.
  9. Tributación indirecta: AyJ entiende que el invitante no está actuando en el marco de una actividad empresarial ni profesional, por lo que dicha actividad se realiza fuera del marco del IVA, no estando por ello sujeta a dicho impuesto. En el caso de prestar el invitante su actividad de intermediación en el marco de una actividad empresarial o profesional, dicha actuación está sujeta y no exenta de IVA, de manera que la facturación se realizará añadiéndole a la remuneración, el oportuno IVA.
  10. La gama de servicios ofertados por AyJ Asesoría, puede estar sujeta a modificaciones. AyJ está autorizado a cambiar libremente y según su propio criterio, los servicios ofertados, el alcance de los mismos y los precios correspondientes.
  11. Protección de datos: El invitante se compromete a usar únicamente los datos personales de los invitados que haya podido referir respetando las normas de protección de datos vigente. El invitante se compromete a no emplear estos datos de clientes con fines de marketing y prestación de servicios de otras empresas o entregar dichos datos a terceros. El uso de estos datos sólo está sometido sobre la base de las condiciones de participación y en el marco de su actividad de recomendación.
  12. Remuneración: Queda excluida cualquier tipo de remuneración múltiple por la intermediación retribuida mediante otros sistemas de remuneración. Sólo es obligatoria la remuneración de la primera intermediación de un contrato. No será obligatorio remunerar por separado otros contratos concluidos directamente entre el cliente invitado y AyJ Asesoría, especialmente si se han cerrado sin la intermediación del invitante. De manera idéntica, no habrá obligación de remunerar por separado las prórrogas del primer contrato intermediado.
  13. Los contratos intermediados sólo se concluirán entre el cliente invitado y AyJ Asesoría. AyJ se reserva el derecho de rechazar los contratos intermediados por el invitante, especialmente si en la persona del invitado se halla un motivo importante que así lo aconseje.
  14. AyJ intentará realizar los contratos/pedidos intermediados conforme a la solicitud inicial. Sin embargo, AyJ estará autorizado a modificar las prestaciones y/o el precio de los contratos intermediados con aprobación del cliente (“reevaluación”). Esto es especialmente necesario si el servicio no puede ofrecerse en la forma solicitada o sólo puede ofrecerse de una forma limitada. Si la reevaluación fuera aceptada por el cliente invitado, el invitante recibiría la remuneración por el servicio finalmente contratado y no por el solicitado al principio.
  15. La remuneración se liquidará a los 45 días tras la activación del servicio solicitado. Sin embargo el derecho a la remuneración sólo se devengará si el contrato intermediado por el invitante y confirmado por AyJ Asesoría, ejecuta como mínimo 12 meses y el cliente invitado ha cumplido en su totalidad las prestaciones contractuales para con AyJ durante ese periodo. Si no se cumplieran las condiciones mencionadas anteriormente, todas las prestaciones recibidas con respecto a este contrato de este cliente invitado, deberán ser devueltas por el cliente invitante.
  16. El pago de la remuneración según las presente condiciones de participación se realizará en una cuenta bancaria facilitada por el invitante. En el caso de que a AyJ no le consten dichos datos bancarios en el plazo de los 100 días posteriores a la activación del servicio solicitado, el invitante perderá su derecho a devengar la remuneración correspondiente.
  17. El derecho de remuneración no puede ser cedido sin el consentimiento escrito de AyJ. Tanto el invitante como AyJ estarán autorizados a compensar cantidades líquidas, vencidas y exigibles que le sean adeudadas. El invitante sólo tiene derechos de retención si los mismos derivan de una relación contractual. El beneficiario de la remuneración siempre es el invitante que ha dado una recomendación exitosa. Si existiera pago domiciliado en una cuenta bancaria, AyJ podrá cobrar de esta cuenta las eventuales demandas de reembolso que pudieran existir.
  • Disposiciones finales

Las estipulaciones accesorias y las modificaciones de estas condiciones de participación requieren de forma escrita para que sean efectivas. Esta obligación formal no puede derogarse o anularse ni oral ni tácitamente. AyJ Asesoría está autorizado a adaptar periódicamente esas condiciones de participación al cambio de las condiciones del mercado.

Si algunas de las disposiciones de estas condiciones de participación fueran o se volvieran inválidas, ello no afectará a la validez del resto de disposiciones. Las disposiciones no válidas deben ser sustituidas por otras que se acerquen al máximo al significado económico de las disposiciones no válidas. Lo mismo es aplicable en el caso de que en el contrato pudiera apreciarse algún vacío. La legislación española será de aplicación a las presentes condiciones de participación. Las partes participantes en el programa se someten para la resolución definitiva de todas las controversias resultantes de su participación en el mismo, con expresa renuncia a cualquier otro foro, a los juzgados o tribunales que resulten competente en cada caso.