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Baja médica vs. Vacaciones

Ahora que la mayoría estáis de vacaciones o a punto de comenzar a disfrutarlas (porque no hay duda de estamos en el periodo vacacional por excelencia, agosto), surgen las dudas sobre los derechos que tiene un trabajador sobre las mismas en caso de tener una baja médica.

No es una situación agradable, pero puede ocurrir que esos días que estamos “liberados” de ir al trabajo, debamos pasarlos en casa o incluso ingresados en un hospital debido a una enfermedad o un accidente.

La normativa al respecto ha cambiado, antiguamente, si coincidían vacaciones y baja, las primeras se perdían, generalmente, y no se podían recuperar. En la actualidad, el contrato de trabajo se considera que sigue en vigor durante una baja, aunque la situación pasa a denominarse incapacidad temporal o baja laboral.

Según la legislación vigente (art. 38 ET), si coinciden en un mismo periodo vacaciones y baja médica, el trabajador tiene derecho a disfrutarlas después, dentro de un límite de 18 meses desde que haya acabado el año que ha generado esas vacaciones. Además, no importa que la baja comenzase antes o durante el inicio de las vacaciones.

 

Vamos a detallar algunos de los casos más habituales:

 

ESTOY DE BAJA LABORAL. ¿PUEDO IRME DE VACACIONES?

Lo primero que hay que saber es si las vacaciones son compatibles con la causa de la baja, y beneficiosas para la recuperación y eso lo decide el médico o la mutua, en su caso. Si el médico da el permiso, puedes ir de vacaciones.

Pero no olvides que ante la llamada para una revisión médica, es obligatorio acudir, pues se puede perder la prestación por incapacidad temporal si no te presentas.

 

ESTOY DE VACACIONES Y ME DAN LA BAJA

Enfermas o tienes un accidente estando ya en tus días de descanso.

En este caso podrás solicitar los días de vacaciones que te quedan pendientes, siempre que te hayan dado baja médica. Esto es imprescindible. Que te encuentres mal, aunque te encuentres fatal, no vale de nada si no te dan la baja.

 

HE TENIDO UNA BAJA LABORAL LARGA, DE UNOS MESES, UN AÑO….

Es posible que debido a una baja de varios meses, no haya habido tiempo de vacaciones. Se pueden solicitar siempre que se cumpla el requisito de no haber pasado los 18 meses desde fin de año que dio derecho a vacaciones.

Además es importante saber que los días de vacaciones que corresponden, son los mismos que se tendrían sin haber estado de baja, pues se siguen generando los mismos durante una incapacidad temporal. Generalmente 2,5 por mes trabajado.

 

ESTOY DE BAJA Y ME DESPIDEN

En el caso de que dejes la empresa bien por despido o por finalización de contrato (Independientemente de la duración del contrato), estando de baja, los días de vacaciones que has acumulado, te los pagarán en el finiquito si no se pueden disfrutar antes del hecho.

En este caso el límite temporal es el mismo, los 18 meses.

 

LA BAJA TEMPORAL SE CONVIERTE EN UNA INCAPACIDAD

Puede ocurrir que no exista recuperación total o parcial, y el trabajador obtenga una INCAPACIDAD PERMANENTE que le impida regresar al trabajo.

Aquí la empresa debe pagar en el finiquito las vacaciones generadas y no disfrutadas.

 

BAJA POR MATERNIDAD, PATERNIDAD….

En los casos de baja por maternidad, paternidad, riesgo de embarazo, lactancia,,,, se pueden disfrutar igualmente al acabar estas circunstancias.

Pero con la peculiaridad de que no hay límite de 18 meses. Es decir, no hay límite, se pueden solicitar cuando el trabajador lo estime.

 

¿Y SI LA EMPRESA SE NIEGA A DAR LAS VACACIONES?

Si la empresa no reconoce al trabajador las vacaciones que no ha disfrutado en cualquiera de los casos, se deberá: Primero solicitarlas, indicando que se tienen el derecho y no se han disfrutado.

Después, demandar a la empresa. Es un procedimiento urgente que no admite recurso.

 

Deseamos que no tengas que coger una baja y que disfrutes de tus vacaciones que, por otra parte, ya te has ganado.

Pero en caso de que necesites contactar por algún motivo referente a estas cuestiones, no dudes en escribir un email a:

                                                                 laboral.ayjasesoria@ayjasesoria.com

AyJ no se va de vacaciones……. AÚN…….